Información

A diferencia de el Reino Unido, España no tiene una ley que regule el derecho de acceso de los ciudadanos a la información oficial.
España forma parte del reducido grupo de países europeos que carecen de una normativa que abra la puerta a los documentos oficiales. En la UE, 22 de los 27 Estados miembros tienen reconocido el derecho que obliga a las administraciones públicas, fundaciones y organismos financiados con fondos públicos a facilitar información a cualquier ciudadano (incluso si es periodista).
El acceso a la información pública es un derecho universal. Aunque es cierto que no toda la información puede ser desclasificada. La mencionada ley británica, una de las más avanzadas en este campo, establece 23 exenciones: actas de juicios, secretos comerciales, seguridad nacional o prevención de actividades criminales. Y, por su puesto, la Ley de Protección de Datos.
La Coalición Pro Acceso, un foro que ha fijado un catálogo de principios para acabar con el apagón informativo en los organismos públicos, tiene como participantes a organizaciones como Amnistía Internacional, Ecologistas en Acción, Greenpeace o Transparencia Internacional.
Pro Acceso defiende que "cualquier persona puede solicitar información a cualquier organismo o entidad pública o privada que realice funciones públicas" y plantea que los funcionarios "deben responder de forma inmediata o en un plazo razonable".
El derecho a saber en nueve principios:
- El derecho a la información es universal.
- Se aplica a todas las entidades públicas, fundaciones y organismos financiados con fondos públicos.
- Realizar solicitudes debe ser sencillo, rápido (en 15 días hábiles) y gratuito.
- Los funcionarios tienen la obligación de ayudar a los solicitantes.
- Rige el principio de publicidad de la información. El secreto y la denegación de información son la excepción.
- Las denegaciones de acceso a la información deben ser limitadas y estar debidamente motivadas.
- Toda persona tiene el derecho de recurrir las denegaciones de acceso.
- Las entidades públicas, a iniciativa privada, deben poner a disposición del público información básica y esencial sin que sea necesario solicitarla.
- El derecho de acceso a datos y documentos debe ser garantizado por una autoridad independiente.
Extraído de un viejo artículo de el diario El País



